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En abril se iniciará el nuevo pago al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) para las personas que contribuyeron a esta fundación. Tras una espera prolongada, este proceso buscará enmendar los atrasos que surgieron durante las entregas anteriores y que se vieron frustradas por diferentes razones. Las listas seleccionadas para esta devolución serán de la 1 a la 19.
Con esto, el pago Fonavi planea ayudar económicamente a sus exaportantes, en caso se encuentre en una situación complicada. Se espera que el pago se realice el próximo 22 de abril. Jorge Milla, integrante de la Comisión Ad Hoc de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas (Fenaf Perú), señaló que la siguiente lista beneficiada será la 21.
Deberás ingresar al módulo de consulta de estado de registro en la página web que le pertenece a la Secretaría Técnica del Fonavi. Allí podrás visualizar si formas parte de una de las 19 listas. Sobre los nombres incluidos en la lista 21, todavía no existe información.
Para ver si eres integrante de las listas entre la 1 y 19, solo necesitas tu DNI y conocer el día en que podrás cobrar, podrás hacerlo en https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/
Por otro lado, si formas parte de la lista 20, podrás consultar el día de pago y el monto que recibirás en el mismo LINK.
Para la lista de reintegro 1, se programó el inicio del pago para los miembros de la primera lista para el 22 de abril, según lo que informó el integrante de la comisión ad hoc, Jorge Milla. Este pago será trascendental para quienes esperaban la rectificación en los montos de devolución. Con ello se espera que los montos sean acorde a los documentos entregados que el aportante respecto a sus contribuciones durante un determinado periodo.
La primera lista de reintegro 1 la conforman fonavistas que estuvieron en las listas 1 hasta la 19 y que para marzo de este año ya tenían más de 80 años. Sobre la segunda lista de reintegro, incluye a los fallecidos mayores de 80 años. La devolución estará dirigida para los familiares, es decir: cónyuges o hijos de los fallecidos.
Para la devolución de este grupo de reintegro, no se ha establecido un límite de dinero por persona. Esto se diferencia de otras devoluciones en donde sí lo había. Los pagos podrían ser por un monto significativo, dependiendo de la situación de cada exaportante del Fonavi. Con ello se busca lograr una compensación digna y completa para los beneficiarios.
Esta medida fue oficializada a través del Decreto Supremo N°280-2023 EF, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Esta norma tiene como finalidad el lograr un ordenamiento en los procedimientos que rigen la devolución de aportes al Fonavi; implementar medidas de simplificación administrativas y la optimización de los citados procedimientos, en lo referente al registro y pago a deudos de fonavistas fallecidos así como la administración de los activos de propiedad del Fonavi, ente otros.
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